
Con la reciente Sentencia del Tribunal Supremo número 857/2024, de 14 de junio de 2024, se confirma que el Tribunal Supremo comparte el mismo criterio del TJUE en relación al principio de efectividad y la determinación del inicio del cómputo del plazo de prescripción para reclamar los gastos derivados de las cláusulas contractuales abusivas que venían imponiendo los bancos al consumidor respecto de los gastos de formalización de un contrato de préstamo hipotecario.
En consecuencia, el Tribunal Supremo determina que, salvo aquellos casos en que la entidad prestamista pruebe que, en el marco de sus relaciones contractuales, ese concreto consumidor pudo conocer en una fecha anterior que esa estipulación (cláusulas de gastos) era abusiva, el día inicial del plazo de prescripción de la acción de restitución de gastos hipotecarios indebidamente pagados por un consumidor será el de la firmeza de la sentencia que declara la nulidad de la cláusula que obliga a tales pagos.
Por lo que, si eres consumidor y quieres reclamar los gastos hipotecarios consulta con un abogado especializado para que estudie y valore tu asunto porque todavía estás a tiempo.